Revocaron las salidas laborales de Samid, pero seguirá con prisión domiciliaria

Los jueces Luis Gustavo Losada, Diego García Berro e Ignacio Carlos Fornari votaron de manera unánime para que el empresario permanezca con prisión domiciliaria, que le había sido otorgada por cuestiones de salud.

El empresario dela carne Alberto Samid recibió este martes un revés judicial, luego de que el Tribunal en lo Penal Económico número 1 le revocara las salidas laborales que le había otorgado, tras haberlo condenado por el delito de evasión impositiva.

De todas maneras, la Justicia mantuvo la prisión domiciliaria con la que fue beneficiado.

Los jueces Luis Gustavo Losada, Diego García Berro e Ignacio Carlos Fornari votaron de manera unánime para que Samid permanezca con prisión domiciliaria -que le fue otorgada por cuestiones de salud– a pesar de haber salido a almorzar cerca de su casa el pasado lunes 21 de junio.

Ese día, cuando el empresario de la carne almorzaba en la parrilla «Paja Rota», ubicada en la localidad bonaerense de Ramos Mejía, fue increpado por varias mujeres que le recordaron que estaba con prisión domiciliaria y le pedían que mostrara la pulsera electrónica con la que se controla a los presos. Frente a esa situación, Samid se levantó de la mesa y se fue.

A la hora de defenderse de esas acusaciones, aseguró que tenía permiso laboral, que fue fina,mente revocado este martes- y que ese día había ido al Mercado Central pero había un paro.

Posteriormente, explicó que fue a la parrilla donde lo encontraron almorzando porque había recibido un pedido de mercadería, algo que ese comercio desmintió.

Luego también, mediante un certificado médico, adujo haber tenido un «estado confusional» por lo cual no comprendió lo que sucedía.

Prisión domiciliaria

El fiscal del caso Gabriel Pérez Barberá pidió que se le revocara la prisión domiciliaria atento a lo sucedido en la parrilla de Ramos Mejía.

«El condenado José Alberto Samid, a mi juicio, ha quebrantado injustificadamente su obligación de permanecer en su domicilio particular, dado que no cumplió las condiciones impuestas por el tribunal al concederle autorización para egresar de su domicilio por motivos de índole laboral», había dicho el fiscal en su dictamen por el que pidió la revocación.

En ese sentido, se había manifestado la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) querellante en el caso por el que Samid fue condenado.

La presentación de la AFIP, firmada por la apoderada Laura Gutiérrez Babsia, señaló: «… sostenemos que en caso de comprobarse la ausencia de elementos eximentes, correspondería revocar tanto el carácter domiciliario de la prisión preventiva de Samid, como así también la autorización que le fuera concedida para dichas salidas laborales«.

Después de analizar el incidente, el juez Losada señaló: “En consecuencia, más allá de la incorrecta conducta del nombrado, el arresto del caso será mantenido en las condiciones que oportunamente fueran dispuestas por el Tribunal, enfatizando el debido cumplimiento de sus obligaciones. En cambio, esa misma conducta ha hecho que Samid no se muestre al día de hoy merecedor de las salidas laborales que también el Tribunal admitiera. El claro abuso de las mismas despeja toda la confianza en su debido acatamiento». Los jueces García Berro y Fornari se sumaron al voto de Losada.

Por lo tanto, el empresario seguirá detenido en su casa de la Avenida de Mayo al 1000 en Ramos Mejía, pero no podrá salir a trabajar, algo que había logrado en noviembre de 2020.

En la resolución del TOPE se establece también que Samid deberá usar de aquí en mas una tobillera con GPS ya que hasta ahora era controlado por un «dispositivo de vigilancia» diferente.

Samid tiene una condena a cuatro años de prisión por asociación ilícita que está bajo revisión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Asimismo, desde junio de 2019 está en prisión domiciliaria y en noviembre pasado había sido autorizado por el Tribunal Oral en lo Penal Económico (TOPE) 1 para trabajar los lunes, miércoles y viernes de 9:00 a 13:00 en el Mercado Central.

Fuente: NA

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