Las razones del Gobierno para mantener en absoluto secreto los contratos de las vacunas

Todos los acuerdos de provisión de dosis «contienen cláusulas de confidencialidad que abarcan la totalidad» del texto. Sólo un puñado de personas pudieron leer la letra chica.

Desde el comienzo de la campaña de inmunización contra el coronavirus, la compra de vacunas fue el eje de la política del Gobierno, pero también de los cuestionamientos de la oposición, y uno de los aspectos centrales de los acuerdos cerrados es la absoluta confidencialidad, lo que generó miles de versiones en torno a las garantías que ponía la Argentina para recibir las dosis. El carácter «reservado» de esos documentos volvió a los contratos de compra de vacunas en uno de los archivos secretos mejor custodiados del Gobierno de Alberto Fernández.

¿Qué razones aduce el Ministerio de Salud para la celosa guarda de estos papeles?

La Ley 27.573 de Vacunas Destinadas a Generar Inmunidad Adquirida contra el COVID-19 facultó al Poder Ejecutivo a incluir en los contratos que celebre y en la documentación complementaria para la adquisición de dosis contra el coronavirus «cláusulas o acuerdos de confidencialidad acordes al mercado internacional».

Sólo un selecto grupo de personas pudo acceder a la letra chica de cada uno de los acuerdos firmados para la compra de vacunas contra el virus Sars-Cov-2: los miembros de la Auditoría General de la Nación; las autoridades de la Comisión de Acción Social y Salud Pública de la Cámara de Diputados; y de la Comisión de Salud del Senado, además de las autoridades del Gobierno.

Sin embargo, todos ellos deben «respetar las cláusulas de confidencialidad» para evitar la difusión de los detalles de cada uno de los contratos. La agencia NA realizó un pedido de acceso a la información pública para intentar obtener copias de los contratos firmados, incluso aclarando que se omitan los aspectos secretos.

La respuesta del Gobierno fue contundente: de los acuerdos rubricados para la compra de vacunas no se puede conocer ni una coma. Todos los convenios «contienen cláusulas de confidencialidad que abarcan la totalidad de sus términos», remarcó el secretario de Gestión Administrativa del Ministerio de Salud, Mauricio Monsalvo.

«Mediante el dictado de la Ley N° 27.573 se ha previsto la posibilidad de facultar al Estado Nacional, a través del máximo organismo en materia sanitaria del país, para celebrar acuerdos que contemplen, entre otras, cláusulas de confidencialidad», señaló el funcionario nacional, uno de los encargados de llevar adelante las compras de vacunas. Los acuerdos fueron tramitados en el Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE) «con carácter reservado».

La única excepción es el firmado con el mecanismo COVAX, ya que «no constituye un contrato de compra sino un compromiso de adquisición en el marco del cual se firman ulteriormente contratos de adquisición con los respectivos proveedores».

Por esa razón, «no incluye cláusulas de confidencialidad», por lo que NA pudo acceder al documento rubricado por el entonces ministro de Salud, Ginés González García, y la directora del Fondo COVAX, la británica de ascendencia vietnamita Aurelia Nguyen.

Fuente: Noticias Argentinas

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